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Normatividad

 
“Los Estados deben velar por que las personas con discapacidad se integren y puedan participar en las actividades culturales en condiciones de igualdad.”Artículo 11 Normas Uniformes ONU


Todos los seres humanos tenemos derecho a formar parte de la vida cultural de la sociedad, y así desarrollar nuestro potencial artístico, creativo e intelectual, para beneficio propio y de la sociedad general. Ya que la cultura en sus diferentes manifestaciones es el fundamento de la nacionalidad e incentiva nuestra identidad.


Reconocer la participación de las personas con discapacidad esvalorar la diversidad cultural existente entre nosotros y es hacer uso de los valores culturales de la nación.


A través del derecho a la cultura, las personas con discapacidad tienen la posibilidad de desarrollar su potencial artístico, creativo e intelectual, para beneficio propio y de la comunidad.

Las personas con discapacidad tienen derecho a disfrutar del acceso a la literatura y otras expresiones culturales a través texto electrónico, lenguaje de señas y Braille, y en otros formatos accesibles.


De igual forma gozan del derecho a accedera programas de televisión, películas, teatro y otras actividades culturales a través de los distintos formatos con el reconocimiento el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y de su lengua específica.


En los museos deben existir ayudas para personas con discapacidad con el fin de que puedan disfrutar de las obras o espectáculos en igualdad de condiciones a todas las demás personas.


Entidades responsables del derecho a la cultura:

A nivel nacional el Ministerio de Cultura es la entidad encargada de coordinar y ejecutar la política del Estado en materia de cultura, en concordancia con los planes y programas de desarrollo además vigila el cumplimiento de las funciones que por mandato legal se hayan otorgado a las dependencias o delegado en los funcionarios del Ministerio.

Otra entidad responsable son los Consejos Nacionales de las Artes y la Cultura dentro de sus principales funciones se encuentran: asesorar al Ministerio de Cultura en la formulación de las políticas, planes y programas en el área de la cultura, conceptuar sobre los aspectos relacionados con el área artística y cultural de que se trate, cuando lo solicite el Ministro de Cultura entre otros.


En el nivel departamental, el Gobernador debe formular planes, programas y proyectos para el desarrollo del sector del arte y la cultura según los linemientos del Ministerio de Cultura.

En el nivel municipal, el Alcalde debe formular planes, programas y proyectos para el desarrollo del sector del arte y la cultura según los linemientos del Ministerio de Cultura. 

Marco legal del derecho a la cultura y el arte:

En la Constitución Nacional de 1991, los artículos 7, 8, 70 y 71 guardan especial relación con el derecho a la salud de las personas con discapacidad.

La Ley 397 de 1997 “Por la cual...se dictan normas sobre el patrimonio cultural, fomentos y estímulos de la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura...”

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